Este domingo, 17 de enero, el Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó con unanimidad el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y Acoso en el mundo del Trabajo de la OIT.
El Convenio 190 y la Recomendación 206, fue aprobado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el 25 de junio de 2019, con el voto afirmativo del Ecuador, y ha sido ratificado por Fiji, Uruguay y Namibia. Con esto, Ecuador sería el segundo país en la Región en proceso de ratificar, después de Argentina, el Convenio y Recomendación para la erradicación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
El Convenio 190 establece que los gobiernos deben adoptar una legislación que garantice el derecho a la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral para todas y todos, mujeres, personas en situación de movilidad humana, personas con discapacidad, personas de las diversidades sexo genéricas, entre otras.
Es así que este instrumento internacional reconoce el derecho de las y los trabajadores a tener una vida libres de violencia y acoso en el mundo del trabajo. El Convenio 190 y la Recomendación 206 establecen una nueva definición internacional sobre violencia y acoso; integra la violencia y acoso como un solo concepto indivisible.
Además, reconoce la importancia de la libertad sindical para garantizar el derecho de todas las personas a ser libres de violencia y acoso en el mundo del trabajo y visibiliza al sector público como sujeto de este derecho.
La Mesa Interinstitucional de Apoyo a los Derechos de las Trabajadoras Remuneradas del Hogar (TRH) coordinada por el Consejo Nacional para la Igualdad de Género (CNIG), junto con el Ministerio del Trabajo, CARE Ecuador, ONU Mujeres, UNTHA, SINUTRHE, CEOSL y la Universidad Andina Simón Bolívar, felicitamos a las y los asambleístas, debido a que estas acciones se ve reflejado el compromiso por cumplir con el mandato de la Asamblea Nacional para garantizar el derecho a una vida libre de violencia.
Nos comprometemos a seguir vigilantes del proceso de implementación del Convenio 190 y la Recomendación 206 de la OIT.